ene. 18, 2021
Conozca los beneficios que la Ley de Emprendimiento trae para el cooperativismo
• Conformación de Cooperativas con mínimo tres personas • Simplificación de tarifas y acceso a compras públicas • MiPymes podrán asociarse a cooperativas • Sello de reconocimiento a emprendimientos verdes
Con la Ley 2069 o Ley de Emprendimiento expedida el pasado mes de diciembre, se generan oportunidades para la promoción, fomento y estímulo al desarrollo empresarial del modelo cooperativo, especialmente en temas relacionados con la creación de cooperativas, el impulso al emprendimiento cooperativo, al financiamiento para el desarrollo empresarial, el acceso de los micro, pequeños y medianos empresarios al sector, a los procesos de compras públicas y la educación cooperativa y solidaria como parte del proceso de educación formal, técnica, tecnológica y de educación para el trabajo, entre otros aspectos.
Esta nueva ley está enfocada en generar incentivos, simplificar trámites, reducir tarifas, promover la generación de empleo, la formalización de actividades productivas e incentivar que lleguen más actores al ecosistema empresarial, todo ello con el fin de impulsar la recuperación económica. La ley también amplia las posibilidades para que segmentos productivos como el agro o los micronegocios o grupos sociales como las mujeres, los campesinos y los jóvenes tengan acceso a mejores condiciones económicas para iniciar y sostener emprendimientos productivos que los beneficien directamente e impacten las comunidades en donde viven y contribuyan al desarrollo del país.
El cooperativismo y la economía solidaria son protagonistas en gran parte del articulado, y en varios de ellos, se recogieron las recomendaciones de Confecoop, enmarcadas en el documento de Política Pública, presentada al Gobierno Nacional en 2018. Se destacan, la consolidación del carácter empresarial a las cooperativas y su clasificación como MiPymes (Art 23), la reducción de trámites y costos (Art 2 y 3), accesos a asistencia técnica, financiación (Art 19, 37, 42), el número mínimo de tres (3) personas para la conformación de cooperativas (Art 22), las Mipymes podrán asociarse en cooperativas (Art 24), la facilidad para que Mipymes cooperativas accedan a los procesos de compras públicas (Art 30, 34, 35) y se estimula el Impulso a la educación y promoción cooperativa (art 74 al 77), entre otros.
Esta ley contempla importantes beneficios para las cooperativas y asociaciones mutuales que desarrollen actividades económicas productivas y que por su tamaño empresarial, con base en los parámetros establecidos en el decreto 697 de 2019, clasifiquen como microempresas; podrán acceder a beneficios de fomento, financiación, reducción de trámites, así como quedar exceptuadas en pago de tarifas ante el Invima, acceder a los ajustes en tarifas en el impuesto departamental de registro y a llevar contabilidad simplificada, de acumulación o métodos mixtos de acuerdo con la realidad de sus operaciones.
Igualmente, aquellas MiPymes que pertenecen al sector agropecuario, alimentario, ambiental y ecológicos accederán a programas especiales y contarán con un sello de reconocimiento por esta labor.
Como parte del fomento y promoción a las Mipymes cooperativas se facilita su acceso al mercado de compras públicas, criterios diferenciales, factores de desempate, y queda establecido el compromiso para que el Estado realice convocatorias que permitan la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Otro aspecto importante que trae la Ley de Emprendimiento es que modifica el objeto del Fondo Nacional de Garantías y le permite ser fiador garante de toda clase de operaciones activas de las instituciones financieras y de las entidades cooperativas y de la economía solidaria.
En lo referente al marco institucional del emprendimiento la ley establece que Innpulsa será la agencia estatal para el impulso del emprendimiento, innovación y desarrollo empresarial y unifica las fuentes de recursos que promuevan y fomenten el ecosistema de emprendimiento empresarial desde allí, las cuales se articularán con otras entidades como el Icetex, Bancoldex, Finagro, SENA y Fondo Emprender.
El cooperativismo podrá participar en los Centros de Emprendimiento que buscan fortalecer el ecosistema de emprendimiento local y regional y a su vez, se buscarán mecanismos recíprocos para impulsar el emprendimiento cooperativo y los nacientes emprendimientos que surjan a partir de la conformación de nuevas cooperativas.
Finalmente la ley estimula los procesos de fortalecimiento, innovación y desarrollo productivo mediante la promoción, estímulo, creación y apropiación del emprendimiento en instituciones de educación superior, de educación formal en los niveles de educación básica secundaria y media, en las instituciones de educación para el trabajo, en el SENA y la promoción de consultorios empresariales que fomenten la cultura del emprendimiento. Esta es una oportunidad para que desde las cooperativas se promueva el emprendimiento cooperativo, se diseñen programas de educación cooperativa, y se reorienten, prioricen y apropien recursos para su promoción y posicionamiento.
Fuente: Confederación de Cooperativas de Colombia
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