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 abr. 20, 2021

Requisitos para selección aspirantes y conformación lista Revisores Fiscales y Contralores

Título VI sobre procesos de toma de posesión

La Superintendencia de la Economía Solidaria, informa que como parte de la actualización de la Circular Básica Jurídica y según el Título VI sobre procesos de toma de posesión, renovó los requisitos para la inscripción de personas naturales y jurídicas, que aspiren a ser designados como revisor fiscal o contralor.

Las personas naturales, deben cumplir las siguientes condiciones:

a. Título profesional en contaduría pública.

b. Tener experiencia profesional superior a tres (3) años en revisoría fiscal y/o auditoria.

c. Acreditar estudios en materia de riesgos, que incluya un módulo LA/FT, expedido por una Institución de Educación Superior, reconocida oficialmente por el Ministerio de Educación Nacional, con una duración mínima de 90 horas, o expedida por una organización internacional.

Las personas jurídicas, deben:

a. Estar debidamente constituida, con una antelación superior a un (1) año a la fecha de su postulación.

b. Que su objeto social contemple actividades relacionadas con las funciones de revisoría fiscal y/o auditoria de personas jurídicas.

c. Experiencia empresarial mínima de un (1) año, en áreas relacionadas con la revisoría fiscal de personas jurídicas.

d. El representante legal de la persona jurídica deberá adjuntar los soportes que acrediten que los socios o asociados, directivos, administradores, funcionarios o asesores, que en nombre o por cuenta de la persona jurídica ejecutarán las funciones de revisor fiscal o contralor (principal y suplente), cumplen todos los requisitos exigidos para personas naturales contenidos en el numeral 1.2.1.1 del capítulo I del Título VI de la Circular Básica Jurídica.

Es importante que antes de presentar el formato de solicitud de inscripción tanto para personas naturales como jurídicas, se verifique el cumplimiento de los requisitos descritos anteriormente y se acompañe de los documentos exigidos; según corresponda. La radicación, se realiza por medio de los canales oficiales de comunicación dispuestos por la Supersolidaria. 

En atención a la actualización de estos requisitos, los ciudadanos interesados y las personas que se registraron hasta el 28 de enero de 2021, tendrán un periodo de transición para volver a inscribirse cumpliendo con los nuevos requerimientos, a partir del 29 de enero y hasta el 28 de julio de 2021. Es de señalar que quienes no cumplan este paso, serán eliminados de la lista de candidatos para procesos de intervención.

Consulte más información en nuestro sitio web, ingresando al botón: Inscripción de Agentes Especiales; también, puede seguir este enlace:

http://supersolidaria.gov.co/es/inscripcion-de-agentes-especiales

Fuente: Supersolidaria

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