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 feb. 15, 2019

Gestión con la DIAN sobre el registro web para Cooperativas

La Confederación de Cooperativas de Colombia sostuvo una reunión con el Director de la DIAN, con el fin de tratar el tema del registro web establecido en el parágrafo 7 del artículo 364-5 del Estatuto Tributario.

Este registro, que fue reglamentado por el artículo 1.2.1.5.2.2 del Decreto 2150 de 2017, ha generado inquietud entre las cooperativas. La primera de ellas está relacionada con las fechas señaladas por el Decreto 2442 de 2018 para hacer el registro, las cuales fueron definidas entre el 22 y el 29 de marzo de 2019, atendiendo el último dígito del NIT de las entidades. Y otra, relacionada con algunos documentos que, en principio, deberían adjuntarse al momento del registro en el aplicativo web.

En el transcurso de la reunión, frente a la solicitud de modificación de las fechas presentada por Confecoop, la DIAN señaló las dificultades procedimentales de una modificación en tal sentido del decreto reglamentario de la Ley 1819 de 2016. Sin embargo, se comprometió a revisar otro tipo de alternativas que permitan a las cooperativas, dentro de esas mismas fechas, hacer el registro con la información disponible en ese momento y, de ser necesario, allegar posteriormente los documentos que requieran aprobación por parte de la Asamblea, si corresponde.

La Confederación, por su parte, realizó una revisión de la normativa sobre este registro web, y ha compartido sus observaciones con la DIAN, las cuales están orientadas a modificar y/o flexibilizar el registro de manera que las cooperativas puedan, en las fechas previstas, cumplir adecuadamente con la obligación, conforme a los artículos 1.2.1.5.2.2 y 1.2.1.5.1.3 del Decreto 2150 de 2017 y, el artículo 364-5 del Estatuto Tributario, pues son éstos artículos los que determinan la información que debe contener el registro para el caso particular de las cooperativas.

En todo caso, estamos atentos al análisis jurídico que está adelantando la DIAN frente a este tema, pues cualquier ajuste en el proceso de registro deberá ser oportunamente comunicado, con el fin de dar seguridad jurídica a las cooperativas.

 

Fuente: Ecosolidario

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